Es muy importante tener en cuenta que el proceso para hacer cumplir sentencias tales como la T-025 de 2004 y la T-760 resulta extremada mente difícil y se demora mucho tiempo. Ya es aquí que podemos ver por qué la T-025 de 2004 le lleva una ventaja a la T-760, es justo por el factor del tiempo. La medida a través la cual la corte constitucional verifica si en verdad las sentencias están siendo cumplidas o no, es a través de los mecanismos de autos de seguimiento. En los autos de seguimiento por ejemplo en cuanto a la T-025 de 2004 se busca esclarecer factores tales como el número de desplazados, de estos cuantos están recibiendo subsidios o alguna ayuda del gobierno, cuanta plata se necesita para poder ayudar a la mayor cantidad de desplazados y cosas por el estilo. Una vez se recopilan estos datos (lo cual no es una tarea nada fácil debido a que no siempre es fácil ayarlos, o porque no tienen papeles, o porque hay gente que quiere pasar como desplazada aunque no lo sea, para poder obtener beneficios del gobierno.) estos se guardan y se vuelve a hacer un auto de seguimiento para poderlos comparar todos y así establecer si en verdad la sentencia ha tenido una verdadera eficacia o no.
Es sin embargo por esta razón del tiempo que podría decirse que la T-025/2004 es más eficaz que la T-760/2008. Porque si bien a la T-025/2004 ya ha tenido 6 años para poder hacer un proceso de autos, la T-760 apenas está comenzando con los autos de seguimiento y por lo tanto todavía no hay mediciones certeras de que tan eficiente ha sido esta tutela. Pero por otro lado hay que recordar que la eficacia no solo se mide en un sentido instrumental sino también en un sentido simbólico. En la conferencia que tuvimos con los magistrado auxiliares uno de estos nos recordó que desde que se había emitido la T-760/2008 en la cantidad de tutelas relacionadas con la salud se multiplico de una manera alarmante. Ahora esto no necesaria mente es malo. Que toda esta cantidad de gente entutele a las EPS significa que estas personas reconocen y están al tanto de que tienen unos derechos de salud y que hay mecanismos que proporciona el estado para que estos derechos se puedan cumplir. Además no es solo esto, debido al carácter de la T-760/2008 mucha más gente está directa mente involucrada. Porque mientras la T-025/2004 abarcaba solo a un grupo de la población, esta abarca a su gran mayoría. Cuando estas sentencias abarcan tanta gente, la gente puede organizarse mejor para cerciorarse que sus derechos estén siendo cumplidos. Es más si bien lo recuerdo la gente se organizó en distintas ciudades del país para exigirle al gobierno por el derecho a la salud.
Para concluir con este análisis me gustaría hacer mucho énfasis en la diferenciación de eficacia instrumental y eficacia simbólica. La eficacia instrumental es puramente el derecho como regulación y en este sentido ha sido más eficaz la T-02/2004 por todo lo mencionado anterior mente. Pero debido a la misma esencia de la T-760/2008 esta sentencia ha demostrado ser más efectiva simbólicamente. Al hablar simbólica mente me refiero al derecho como forma de comunicación de las masas.
Juan Diego Ucrós
martes, 18 de mayo de 2010
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